Escuela clásica
La Escuela clásica de la criminología surge en el siglo XVIII.
Describe el crimen como un hecho individual, aislado, como mera infracción de la ley: es la contradicción con la norma lo que da sentido al delito, sin que sea necesaria una referencia a la personalidad del autor.
El pensamiento, que deviene de la Ilustracón, propone que el Derecho Natural esta por encima de las leyes creadas en un Estado( Derecho Positivo).
La teoría humana define como un libre albedrío y la pena un mal.
El orden natural incluye asuntos humanos, como el tema de la criminalidad: delito, delincuente, castigo y justicia. Se apoya en una metodología deductiva y abstracta.
Aspectos importantes de la escuela clásica:
-Italia fue la promotora de contribuciones.
-Becaria aporta su crítica del sistema penal del antiguo régimen.
-Filangierie, Romagnosie y carmignanie en sus escritos sobresale y las penas.
-Italia fue la promotora de contribuciones.
-Becaria aporta su crítica del sistema penal del antiguo régimen.
-Filangierie, Romagnosie y carmignanie en sus escritos sobresale y las penas.
Postulados
-La tutela jurídica como finalidad del derecho criminal.
-Existencia de un derecho natural.
-El delito como ente jurídico.
-Método lógico y deductivo al estudio del delito.
-La libertad como fundamento de responsabilidad penal.
-La pena como restablecimiento del derecho dañado.
-Valoración y defensa del individuo contra el estado.
-La tutela jurídica como finalidad del derecho criminal.
-Existencia de un derecho natural.
-El delito como ente jurídico.
-Método lógico y deductivo al estudio del delito.
-La libertad como fundamento de responsabilidad penal.
-La pena como restablecimiento del derecho dañado.
-Valoración y defensa del individuo contra el estado.
La teoría clásica basa en la dignidad inherente del ser humano aún en su condición de reo, pero la característica de la pena es una advertencia social.
La Escuela Clásica no existió como tal desde el punto de vista histórico, sino que gracias a ENRRICO FERRI, que comenzó a llamarle clásicos a los juristas prepositivistas y posteriores a BECCARIA.
Se suele señalar el libro Dei delitti e delle penne (1764), de Cesare Bonesana, marqués de Beccaria, como punto de partida del estudio científico de la desviación y la delincuencia, se trata de un texto de reflexión jurídica sobre la finalidad de las penas, presenta elementos que pretenden ser explicativos de las causas del delito.
Beccaria es uno de los primeros pensadores en señalar que el fin de las penas es la prevención de las infracciones para la protección del orden social, planteando un sistema de justicia penal más humano y justo, si las leyes alcanzan a ser claras, justas y proporcionales, pero sobre todo celeras, certeras y severas, se sucederá una reducción en la criminalidad, a través de lo que será denominado posteriormente como disuasión general negativa del delito.
Beccaria se ha considerado por diferentes autores el principal autor de la escuela Classica.
BECCARIA en 1764 escribió una obra con el nombre de De Delitos y Castigos, esta obra fue escrita tan solo cuando el constaba con 26 anos de edad. El trataba de encontrar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, Escribir las leyes para que pudiera ser comprendida por todos los individuos y no solo por máximos juristas y sobre todo que la interpretación de esta no se pudiera dar de una forma desviada a la moral por los juristas o jueces y por ultimo el de limitar el ámbito de las leyes penales al mínimo necesario para minimizar el delito.
Según Bentham “si el castigo debe ser admitido en algún caso, solo puede serlo en caso de que prometa excluir un mal mayor”.
Ideas de la Escuela Clásica:
1) el comportamiento humano busca incrementar el placer y disminuir el dolor. 2) las personas tienen la capacidad para decidir cómo actuar.
3) el delito tendrá lugar cuando los beneficios superen los costes previstos, 4) la finalidad de la justicia penal debe ser compensar los beneficios esperados del hecho delictivo.
5) a través del Derecho Penal se buscará la prevención general del delito en el conjunto de la sociedad y la prevención especial en las personas que ya hayan sido condenada.
1) el comportamiento humano busca incrementar el placer y disminuir el dolor. 2) las personas tienen la capacidad para decidir cómo actuar.
3) el delito tendrá lugar cuando los beneficios superen los costes previstos, 4) la finalidad de la justicia penal debe ser compensar los beneficios esperados del hecho delictivo.
5) a través del Derecho Penal se buscará la prevención general del delito en el conjunto de la sociedad y la prevención especial en las personas que ya hayan sido condenada.
-BECCARIA" DIVINO MARQUEZ " .
-BETHAM, aporto con su obra " TEORIA DE LAS PENAS Y DE LAS RECOMPENSAS " en 1840.
-ROMAGNOSI, con " GENESIS DEL DIRITTO PENALE " en 1837.
-PELLEGRINO ROSSI 1787 - 1848 pensamientos políticos.
-Rossi consideraba que existía un orden moral.
-BETHAM, aporto con su obra " TEORIA DE LAS PENAS Y DE LAS RECOMPENSAS " en 1840.
-ROMAGNOSI, con " GENESIS DEL DIRITTO PENALE " en 1837.
-PELLEGRINO ROSSI 1787 - 1848 pensamientos políticos.
-Rossi consideraba que existía un orden moral.
http://crimina.es/crimipedia/topics/escuela-clasica/
https://prezi.com/m/a9vjut9kbmvo/escuela-clasica-del-delito-francesco-carrara/
http://crimina.es/crimipedia/topics/criminologia-ii-evolucion-teorica-pasado-presente-futuro/
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